Transición Activa Fundación Ibercaja

Así afecta la baja voluntaria cuando quieres pedir la prestación por desempleo

Laura Moro

Foto: Bigstock

Martes 11 de noviembre de 2025

3 minutos

El SEPE aclara la condición que debe cumplirse para poder acceder al subsidio

Así afecta la baja voluntaria cuando quieres pedir la prestación por desempleo
Laura Moro

Foto: Bigstock

Martes 11 de noviembre de 2025

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La baja voluntaria es una decisión unilateral del trabajador de terminar su relación laboral con una empresa. Para que la baja sea válida tiene que comunicar esta decisión por escrito y en el plazo establecido en su convenio colectivo o, en su defecto, en 15 días naturales. 

Al tratarse de una decisión del trabajador, no tiene derecho a indemnización por despido ni a recibir prestaciones por desempleo. Saber esto es importante porque en estos casos solo acceden a la prestación quienes pierden su trabajo de manera involuntaria.

El SEPE aclara que si posteriormente trabajas en una nueva empresa, cesas el contrato laboral, no superas el periodo de prueba por decisión del empresario y no han transcurrido más de tres meses desde que cesaste voluntariamente en la empresa anterior, tampoco podrás cobrar el paro.

¿Se puede cobrar el paro tras una baja voluntaria?

 

¿Cuándo podrás cobrar el paro? Si el motivo del cese en esta segunda empresa no se debe a no superar el periodo de prueba, independientemente del tiempo que ha pasado desde la fecha de la baja voluntaria anterior.

"Si tras cesar dos veces por no superar el periodo de prueba a instancia del empresario, iniciaras un nuevo trabajo, en el que también cesaras a instancia del empresario por no superar el periodo de prueba, únicamente podrás percibir prestaciones por desempleo si desde el segundo cese por no superar el periodo de prueba hasta el tercero y último cese, hubieran transcurrido tres meses", añade el organismo en su página web.

Las alternativas que existen

A pesar de no poder cobrar el paro, los trabajadores que se acojan a una baja voluntaria tienen que saber que existen otras alternativas. Son las siguientes:

  • Subsidio por no haber cotizado suficiente para todos aquellos que cumplan un mínimo trabajado, pero no los necesarios para percibir una prestación contributiva.
  • El Ingreso Mínimo Vital (IMV).
  • Rentas mínimas y programas de apoyo al alquiler que ofrecen las diferentes comunidades autónomas.
  • También existen la Recta Activa de Inserción (RAI) para parados de larga duración, mayores de 45 años y víctimas de violencia de género.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera. Actualmente, escribe sobre temas de actualidad y cultura, realiza tareas de community management y coordina eventos.

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