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¿Los mayores de 65 años tienen alguna ventaja al realizar la donación de un inmueble?

Mariola Báez

Foto: Bigstock

Domingo 1 de septiembre de 2019

3 minutos

Si estás pensando en donar tu casa, debes conocer los pros y contras de este negocio jurídico

¿Los mayores de 65 años tienen alguna ventaja a la hora de realizar la donación de un inmueble?
Mariola Báez

Foto: Bigstock

Domingo 1 de septiembre de 2019

3 minutos

Donar un inmueble supone cedérselo a otra persona en vida sin que exista transacción económica alguna. Es un acto jurídico frecuente entre personas mayores que deciden, por distintos motivos, dar su piso a un hijo o un nieto, en lugar de reflejar este deseo en un testamento, como herencia futura.

Aunque no haya dinero de por medio, la donación implica el cambio de titularidad en la propiedad de una vivienda, que produce un incremento en el patrimonio de quien la recibe y además, genera el correspondiente Impuesto de Donaciones.

Qué valorar a la hora de donar tu casa

En primer lugar es importante sopesar tu decisión, entendiendo perfectamente que con este acto dejarás de ser propietario de tu casa. Puede ser interesante valorar acciones complementarias a la donación. Por ejemplo, existe la posibilidad de donar tu casa pero estableciendo un derecho de usufructo que te permita continuar viviendo en ella aunque ya no seas el dueño legal.

donación de una vivienda

Si estás decidido, probablemente lo que más te interese conocer es qué trámites y gastos implica donar tu casa. Tres son los puntos que debes tener en cuenta:

  • Impuesto de Donaciones. Las competencias respecto a este impuesto están transferidas a las distintas comunidades autónomas y su cuantía varía de manera considerable de unas a otras. Se calcula teniendo en cuenta el valor de la vivienda, al que habrá que restar las posibles cargas o deudas (hipotecas). A esta cifra se aplicarán las deducciones y bonificaciones que establezca cada comunidad. En el caso de la de Madrid (@ComunidadMadrid), por poner un ejemplo, si quien recibe la donación, responsable de liquidar el impuesto es hijo, nieto, cónyuge o ascendentes directos (padres, abuelos) la bonificación alcanza el 99%. Como norma general, el impuesto debe pagarse y presentarse en los 30 días hábiles siguientes a la donación.
  • Plusvalía. Es el impuesto municipal que genera el propio hecho de transmitir un bien inmueble, partiendo de su valor catastral y teniendo en cuenta el número de años transcurridos desde la adquisición de la vivienda hasta el momento de la donación. También en este caso es el donatario (quien la recibe) el responsable de abonarlo.
  • IRPF. Como señala la Agencia Tributaria (@Haciendagob), quien realiza la donación debe declarar en renta el posible incremento patrimonial que se ha ido generando durante los años en que los que fue propietario, cuando el valor que le otorga la comunidad autónoma correspondiente es superior al de adquisición (algo que ocurre por norma general). En este sentido, tener 65 años cumplidos es una ventaja, ya que no se considerará ganancia patrimonial alguna siempre que la casa que dones sea tu vivienda habitual.

Por último, recordar que para tener derecho a cualquier tipo de bonificación o reducción en el Impuesto de Donaciones, La donación debe hacerse y quedar reflejada en escritura pública.

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Mariola Báez

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