Banco de España avisa: si fallece un titular de una cuenta conjunta, el otro no podrá sacar dinero
Necesitará el permiso de los herederos
Tener una cuenta conjunta no garantiza acceso inmediato al dinero en caso de fallecimiento de uno de los titulares. El Banco de España recuerda que, en estas situaciones, el saldo queda parcialmente paralizado y el cotitular superviviente necesita la autorización de los herederos para operar. Una norma clave que conviene conocer para evitar sorpresas y problemas legales.
Qué ocurre cuando muere un cotitular
Las cuentas con varios titulares pueden ser de dos tipos: conjuntas o indistintas. La diferencia es esencial:
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En una cuenta conjunta, cualquier movimiento requiere la firma de todos los titulares. Por ello, tras el fallecimiento de uno de ellos, sus derechos pasan automáticamente a los herederos. Esto implica que el otro titular queda bloqueado para sacar dinero, salvo que los herederos den su consentimiento.
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En una cuenta indistinta, cualquiera de los titulares puede operar por separado. En este caso concreto, la muerte de uno de ellos no impide que el otro continúe realizando disposiciones, aunque tendrá que cumplir después con los trámites sucesorios.
El Banco de España recuerda que las entidades están obligadas a solicitar documentación sucesoria y, además, pueden exigir la acreditación del pago o exención del Impuesto de Sucesiones antes de permitir la disposición del dinero.

Consecuencias prácticas para las familias
La muerte de un titular suele implicar que el banco limite temporalmente la operativa de la cuenta. Esto puede afectar a:
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Acceso a ahorros compartidos
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Pagos extraordinarios o retiradas de efectivo
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Movimientos no autorizados por todos los herederos
Aun así, ciertos recibos esenciales —como suministros, impuestos domiciliados o gastos funerarios— pueden seguir cargándose si estaban previamente ordenados y no existe oposición formal.
Riesgos de actuar sin autorización
Sacar dinero de una cuenta conjunta tras la muerte del otro titular sin permiso de los herederos puede tener repercusiones legales, ya que la parte correspondiente al fallecido pertenece a la herencia. Esto puede derivar en reclamaciones civiles e incluso responsabilidades penales en casos graves.
Para evitar problemas, el Banco de España aconseja revisar el tipo de titularidad de las cuentas y, en caso de fallecimiento, comunicarlo cuanto antes a la entidad bancaria. Además, es recomendable conservar toda la documentación sucesoria y buscar asesoramiento jurídico para evitar conflictos entre familiares y cotitulares.



