Economía

Mutualistas jubilados: ¿cómo pueden pedir los herederos la devolución del IRPF?

Pepa Montero

Viernes 12 de septiembre de 2025

4 minutos

Los sucesores pueden presentar el formulario para reclamar el dinero, aclara Hacienda

Mutualistas jubilados: ¿cómo pueden pedir los herederos la devolución del IRPF?
Pepa Montero

Viernes 12 de septiembre de 2025

4 minutos

Mutualistas: ¿todos van a cobrar la devolución del IRPF en 2025?

Mutualistas jubilados: ¿se puede seguir pidiendo la devolución de Hacienda?

 

Las devoluciones del IRPF a los antiguos mutualistas, que han comenzado a producirse en agosto de 2025, se rigen por la nueva normativa publicada por el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 25 de julio. 

Aunque con ritmo lento y una gran diversidad de ejercicios fiscales pagados y de abonos efectivos a los contribuyentes afectados, el dinero está llegando ya a los bolsillos de los hoy pensionistas.

Según cálculos del Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha), estos reintegros podrían llegar hasta los 4.000 euros por persona, dependiendo de lo que hayan aportado de más en las declaraciones de IRPF de 2019-2022.

Ahora bien, ¿qué sucede si el exmutualista ha fallecido? ¿Pueden pedir la devolución sus herederos? 

dinero irpf a mutualistas

Según aclara la Agencia Tributaria (AEAT), en su página web, en el apartado de dudas y cuestiones específicas para estas devoluciones fiscales, el formulario para reclamar el IRPF pagado de más entre 2019-2022 lo puede presentar un sucesor, siempre y cuando el beneficiario hubiera fallecido entre 2019 y 2024".

Para hacer efectivo este derecho a recuperar el dinero pagado por el mutualista fallecido, existe una serie de pasos a dar, de acuerdo con la información publicada online.

Número de referencia, la clave

"El formulario de solicitud se podrá presentar con el número de referencia del fallecido. Para fallecidos en los años 2023 o 2024, el número de referencia podrá obtenerse por internet a través de este enlace: Agencia Tributaria: Número de referencia", especifica la Agencia Tributaria.

Hay que recordar que, mediante este servicio, se proporcionará al sucesor del mutualista un número que le permitirá gestionar todos los servicios de la Renta. La AEAT recomienda el uso de la APP para obtener la referencia, lo que permitirá a la persona "acceder a la misma a lo largo de toda la campaña del impuesto, así como aprovecharse de un acceso más simple a los servicios más usados".

En todo caso, si el sucesor del mutualista fallecido está dado alta en el Registro de Sucesores, podrá presentar el formulario del pensionista utilizando esta representación.

La Agencia Tributaria indica que la solicitud del alta en el Registro de Sucesores se puede gestionar a través del siguiente enlace, en el apartado "Registro de sucesiones y representaciones legales de menores y personas con discapacidad". Se trata del mecanismo general para que sucesores de personas físicas fallecidas, o de personas jurídicas o entidades extinguidas, y representantes legales de personas sin capacidad de obrar, puedan realizar gestiones por Internet en su representación.

Sobre el autor:

Pepa Montero

Pepa Montero

Pepa Montero es redactora especializada en temas de economía. Ha trabajado en medios como El Economista y La Gaceta de los Negocios. Es autora del libro de relatos La casa de las palmeras (Azul como la Naranja, 2013).

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