Economía familiar

Estas son las ocho razones por las que puedes perder el subsidio del SEPE para mayores de 52 años

Beatriz Torija

Martes 6 de julio de 2021

ACTUALIZADO : Martes 6 de julio de 2021 a las 10:07 H

5 minutos

Hay infracciones que puede llevar a la pérdida del subsidio temporal o definitivamente

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Beatriz Torija

Martes 6 de julio de 2021

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Los mayores de 52 años en paro que hayan agotado la prestación o subsidio por desempleo pueden optar a una prestación de 451,92 euros al mes. Esta prestación se puede cobrar hasta que la persona encuentre un nuevo empleo o hasta que alcance la edad de jubilación. Cerca de 650.000 personas están cobrando esta ayuda. Y aunque se cobra de manera indefinida hay casos en los que el SEPE puede suspenderla, de forma temporal, o indefinida.

1) Encontrar trabajo

Es evidente, pero es el motivo principal para perder esta ayuda. De hecho, este subsidio proporciona una ayuda en una edad en la que resulta especialmente complicado reengancharse en el mercado laboral. Sin embargo, ese siempre es el objetivo, por eso se firma el compromiso de actividad con el SEPE y hay que acudir a todos los cursos de formación o entrevistas de trabajo que nos indiquen.

2) Alcanzar la edad de jubilación

Tanto si se trata de la jubilación ordinaria, una vez alcanzada la edad legal, como si se trata de una jubilación anticipada, este es segundo motivo, lógico, para perder el subsidio. Salimos fuera del mercado laboral y comenzamos a cobrar la pensión.

3) No presentar la declaración anual de rentas

Los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años tienen la obligación de realizar una declaración anual de rentas, un documento en el que se detallan todas las rentas que cobra el beneficiario.  Se tiene que presentar por primera vez al año de cobrar la primera pestación, y después se hará cada año, siempre en la misma fecha. Se disponen de 15 días para hacerlo y se puede presentar en la sede electrónica del SEPE si se dispone de certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña, o bien de forma presencial en las oficinas del SEPE, siempre con cita previa, que se puede pedir por teléfono o vía web. Hay que aportar toda la documentación necesaria que justifique esas rentas. En concreto, las rentas que hay que incluir en esta declaración son:

  • Rentas brutas del trabajo por cuenta ajena, becas u otras ayudas similares.
  • Importe de la indemnización por extinción del contrato, siempre que supere la indemnización legal.
  • Ingresos brutos de todo tipo de prestaciones, con la excepción de la prestación por hij a cargo y el cobro anticipado de la deducción fiscal de la mujer trabajadora con hijos menores de tres años.
  • Rendimientos brutos de las cuentas bancarias e inversiones financieras.
  • Rendimientos del capital mobiliario
  • Rendimientos de actividades por cuenta propia
  • Plusvalías y otras rentas

4) No renovar la demanda de empleo

¡Ojo! porque esta es uno de los motivos más tontos por los que se puede perder la ayuda. Si, por un despiste u olvido en la fecha, no sellamos el paro, el SEPE puede retirarnos la ayuda. Es posible que no perdamos definitivamente la ayuda, pero sí que puede aplicarnos las siguientes sanciones:

  • Si es la primera vez que se nos pasa renovar la demanda de empleo, lo que comúnmente llamamos sellar el paro, nos suspenderán un mes el subsidio.
  • Si es la segunda vez, la suspensión será de tres meses.
  • A la tercera, el SEPE nos castigará seis meses sin la prestación.
  • Si se produce un cuarto olvido, la pérdida del subsidio para mayores de 52 años será definitiva.
Estas son las ocho razones por las que puedes perder el subsidio del SEPE para mayores de 52 años

5) Superar el límite de carencia de rentas

El subsidio para mayores de 52 años es compatible con el estar cobrando alguna renta, siempre y cuando no supere el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en el cómputo mensual. Si en algún momento se supera ese límite, se dejaría de cobrar automáticamente la ayuda.

6) No cumplir el compromiso de actividad con el SEPE

Cuando se solicita esta ayuda, el SEPE nos hace firmar un compromiso de actividad. En virtud de este compromiso, tendremos que acudir a los cursos de formación, entrevistas de trabajo o bolsas de empleo si nos llama el Servicio Público de Empleo. Igual que en el caso de si olvidamos sellar el paro, no acudir a alguna de esos compromisos acarreará una sanción, y la reincidencia puede suponer la pérdida del subsidio.

7) Trabajar fuera de España

Si nos vamos fuera de España y encontramos trabajo en el extranjero, el SEPE nos puede paralizar el cobro de la prestación. Bien es verdad que, si más tarde volvemos a España, podremos reactivar esta ayuda, aunque no se produce una reactivación inmediata, sino que habría que realizar la solicitud desde cero.

8) Baja por maternidad o paternidad

Mientras estemos de baja por maternidad o paternidad la ayuda quedará paralizada. Ahora bien, una vez que termine este permiso de maternidad o paternidad, el SEPE reactivará automáticamente el cobro de la ayuda sin necesidad de volver a solicitarla.

Sobre el autor:

Beatriz Torija

Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.

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