Economía

Las financieras piden limitar los microcréditos de alto riesgo a la mitad: 500 euros

Beatriz Torija

Viernes 20 de febrero de 2026

5 minutos

Asnef hace alegaciones a la Ley de Crédito al Consumo, para evitar problemas de sobreendeudamiento

Las financieras piden limitar los microcréditos de alto riesgo a la mitad: 500 euros. Foto: europapress
Beatriz Torija

Viernes 20 de febrero de 2026

5 minutos

La patronal de las entidades financieras de crédito, Asnef, ha pedido rebajar a la mitad el iporte máximo de los microcréditos con alto coste. Considera necesario reducir el límite máximo de un crédito para ser considerado crédito de alto coste. En su opinión, el límite establecido por la ley, 1.000 euros, es demasiado alto si atendemos al Salario Mínimo Interprofesional y a la realidad salarial de España. 

Además, ha pedido que los establecimientos financieros de crédito puedan ofrecer este tipo de préstamos de alto coste al mercado con el objetivo de aumentar la competencia y evitar que su concesión quede limitada exclusivamente a las empresas de microcréditos. "Para una persona que recibe el salario mínimo interprofesional, pedir un crédito de 1.000 euros como máximo y con altos costes no nos parece adecuado, le estás sobreendeudando de nuevo", ha dicho el secretario general de Asnef, Ignacio Pla. Son algunas de las alegaciones que la patronal ha presentado al anteproyecto de Ley de Crédito al Consumo aprobado por el Gobierno para trasponer una directiva europea y que, hasta finales de enero, el Ministerio de Economía tenía en fase de audiencia pública para recabar la opinión de agentes interesados.

Los microcréditos son los préstamos que aplican los tipos de interés más elevados del mercado y, aunque sus importes suelen ser reducidos, concentran un mayor riesgo de endeudamiento.

Una de las principales medidas que introducirá la futura ley son topes al interés de los créditos al consumo. Se establecerán TAEs máximas en función del importe concedido y los plazos de devolución, añadiendo un diferencial de entre el 6% y 15% sobre el interés de mercado que publica el Banco de España. Además, Asnef ha subrayado la importancia de que la normativa distinga "siempre" entre TIN y TAE, para garantizar que las comparativas entre los tipos de interés sean precisas y evitar distorsiones.

Ya a principios de febrero, la patronal dio a conocer algunas de sus sugerencias y opiniones sobre el proyecto presentado por Economía, incluyendo la petición de que se refine el mecanismo técnico para fijar los límites a los tipos de interés de los préstamos al consumo.

Este jueves, Asnef ha ido más allá y ha pedido que, para calcular las TAEs medias, se tenga en cuenta la tipologoía del crédito y el destino del mismo, "en lugar de fijarse únicamente en el plazo y en el horizonte temporal del mismo", como sería la fórmula actualmente empleada por Economía.

De hecho, con el objetivo de ayudar en la clarificación de este apartado, Asnef ha elaborado junto con AFI un estudio sobre categorías de crédito al consumo, que ha compartido con el legislador para que pueda ser valorado. En sus alegaciones, la patronal pide distinguir además entre seis categorías de productos, con sus correspondientes topes de precios.

Golpe definitivo a las tarjetas revolving: los créditos se podrán anular por falta de transparencia

Tarjetas ‘revolving’

Asnef ve necesaria la derogación explícita de la Ley de Usura de 1908. En relación con los tipos de interés, sostiene que la nueva ley debería recoger lo que dice la jurisprudencia del Supremo, que es la que lleva años aplicando el sector. Esa doctrina establece que estas tarjetas no pueden cobrar más de seis puntos por encima de los tipos medios del mercado, que hoy están entre el 20% y el 24% TAE.

La nueva ley obligará a operar con licencia de financiera de consumo a muchísimas entidades que dan crédito sin estar reguladas. Han llegado a ser 900 (algunas son sociedades unipersonales).

Por otro lado, explica que, tal y como está redactado el anteproyecto, se propone ampliar el alcance de la ley a las personas jurídicas. Sin embargo, dado que el crédito al consumo se dirige únicamente a los consumidores, Asnef considera necesario que el alcance se limite solo a las personas físicas.

Para la patronal, este cambio en el alcance podría generar una situación de "desequilibrio", ya que la financiación a personas físicas "poco tiene que ver" con la financiación a personas jurídicas: en concreto, Asnef expone que ambas difieren en cantidades, coste, riesgo y canales de contratación. Asimismo, cree que, si no se realiza esta diferenciación, "es esperable que disminuya mucho la oferta de crédito al consumo dirigido a personas físicas".

También ha solicitado que se incluya la reserva de dominio --garantía presente en la adquisición de vehículos de automoción según la cual el vendedor o el banco mantienen la propiedad del vehículo hasta que el comprador paga la totalidad de la deuda-- de manera que se daría "la eficacia jurídica prevista" a esta figura en el Código Civil.

Además, considera que la información precontractual requerida en el anteproyecto de Ley es "excesiva" y que el aviso previsto en los textos publicitarios de créditos al consumo es "extenso", si bien en ambos casos celebra la decisión de incorporar estas medidas.

Por último, ha solicitado, entre otras cuestiones, que se incluya una cláusula de sanación, para evitar una posible retroactividad en la aplicación de la ley, y la ampliación a 12 meses del periodo de implementación.

Sobre el autor:

Beatriz Torija

Beatriz Torija es periodista y documentalista, especializada en información económica. Lleva 20 años contando la actualidad de la economía y los mercados financieros a través de la radio, la televisión y la prensa escrita. Además, cocina y fotografía.

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