Sociedad

Se amplía en tres meses el plazo máximo para apoyar la ILP contra el Maltrato al Mayor

Pablo Recio

Martes 3 de marzo de 2026

6 minutos

Finalizaba en marzo, pero ahora se podrá firmar hasta junio

Se amplía en tres meses el plazo máximo para apoyar la ILP contra el Maltrato al Mayor
Pablo Recio

Martes 3 de marzo de 2026

6 minutos

Los impulsores de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para promover una norma frente al maltrato a las personas mayores, miembros de la Asociación para el Bienestar, Tutela y Estabilidad (ABTE) Candelaria, han logrado ampliar el plazo máximo de recogida de firmas en tres meses, hasta el 23 de junio de 2026 –puedes firmar aquí–.

Así se lo han comunicado a ABTE Candelaria desde el Congreso de los Diputados, según explican fuentes de dicha organización. 

Cabe recordar que una de cada seis personas de más de 60 años han sufrido algún tipo de abuso en su entorno comunitario, según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Un trato inadecuado y degradante que, además de consecuencias inmediatas, puede tener secuelas físicas y emocionales a largo plazo.

Desde la asociación aseguraron a este diario asimismo que, en paralelo, han iniciado una ronda de contactos con los diferentes partidos políticos presentes en Las Cortes –ya se han reunido con PP y VOX– para pedirles que hagan suya la norma y la presenten por el procedimiento de urgencia, para garantizar que llegue a buen puerto y no caiga en saco roto, sobre todo, en el caso de que no lograsen los 500.000 apoyos necesarios para admitir a trámite la ILP. 

Además, recientemente, ABTE Candelaria solicitó una reunión al ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, para pedirle su apoyo a la iniciativa

Los impulsores de la ILP contra el Maltrato al Mayor hacen un llamamiento para lograr 500.000 firmas

¿Por qué es necesaria una ley específica?

Según explicaba a este diario el propio Contreras en junio de 2025, la necesidad de una ley específica contra el maltrato al mayor radica en que la legislación actual –Código Penal, Constitución y Ley de Dependencia– se ha demostrado insuficiente e ineficaz

Actualmente, contextualizaba, el Código Penal contempla claramente delitos como el maltrato físico o el abandono, pero en otros aspectos como el emocional o económico no es tan preciso. 

Y todo ello, sumado a la dispersión legal actual y a la falta de un "criterio unificado a nivel nacional" dificultan la detección y la respuesta, haciendo que "mucha gente se quede sin ser atendida". Sobre todo, apostillaba, cuando este tipo de situaciones se dan en el entorno cercano, puesto que no se suele denunciar por el "vínculo económico y emocional". 

Por todas estas razones, señalaba, habían presentado esta ILP para que se crease una ley, "no meramente sancionadora, sino fundamentalmente preventiva", que especifique claramente "qué tipo de maltrato existe, de qué manera se detecta, cómo se puede evitar y cómo se debe atender en caso de que se produzca".

Un texto, puntualizaba, que pretende dotar a las administraciones y profesionales (sociales, sanitarios, judiciales, policiales, educativos...) de herramientas e "indicadores claros", facilitando la denuncia y la intervención coordinada.

Además, indicaba, esta ILP busca también cumplir con las recomendaciones de las Naciones Unidas y otros organismos que "han subrayado la necesidad de desarrollar marcos legales sólidos que prevengan de estos abusos, protejan su dignidad y garanticen su bienestar". "Era algo que hacía falta, pero nadie se atrevía a dar el paso", afirmaba.

La ILP

Según se estipula en el texto, al que tuvo acceso 65YMÁS, la legislación se aplicaría a todas las personas mayores de 65 años en todo el territorio nacional y busca abordar diversas formas de maltrato, incluyendo el físico, psicológico, económico, negligencia y social (edadismo).

Entre las medidas y puntos clave que contempla se encuentran:

  • La implementación de campañas públicas de sensibilización y educación dirigidas a erradicar estereotipos y prevenir situaciones de abuso.
  • La garantía de formación específica y obligatoria para los profesionales que trabajen con este colectivo.
  • El establecimiento de protocolos de actuación obligatorios en centros sociales, residencias y servicios sociales para la detección temprana del maltrato y su notificación a las autoridades competentes.
  • La previsión de medidas de protección inmediata para las personas mayores en situación de riesgo o maltrato.
  • La garantía de asistencia integral (jurídica, psicológica y social) y gratuita para las víctimas de maltrato.
  • La tipificación de infracciones administrativas (leves, graves y muy graves) con sus correspondientes sanciones.

Sobre el autor:

Pablo Recio

Pablo Recio

Pablo Recio es periodista especializado en salud y dependencia, es graduado en Relaciones Internacionales por la Universidad Complutense de Madrid y comenzó su carrera profesional en el diario El Mundo cubriendo información cultural y económica. 

En 65Ymás, ha contado el drama vivido en las residencias durante la pandemia y ha sacado diferentes exclusivas de impacto como 81 menús de residencias de mayores, a examen: "Baja calidad nutricional y abuso de procesados"que fue citado en una comisión de investigación en la Asamblea de Madrid. 

Además, fue cofundador de la radio online Irradiando y cuenta con un máster en Gobernanza y Derechos Humanos por la Universidad Autónoma de Madrid y otro en Periodismo por el CEU San Pablo/Unidad Editorial. 

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