
Cómo se cambia el beneficiario de la asistencia sanitaria de un titular a otro
Existen tres vías distintas de solicitud

Si necesitas cambiar a una persona beneficiaria de asistencia sanitaria de un titular a otro, la Seguridad Social te permite hacerlo fácilmente mediante canales telemáticos o presenciales, con y sin certificado digital.
Este procedimiento resulta esencial en situaciones como cambios de custodia, separación de hecho, traslado de beneficiarios a un nuevo titular o ajustes familiares que requieren reasignar el derecho.
A continuación te explicamos todo lo que necesitas saber:
Vías de solicitud
Existen tres opciones principales:
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Online con certificado digital o Cl@ve: el nuevo titular puede gestionar el cambio desde el portal “Tu Seguridad Social” o la sede electrónica del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), sin necesidad de adjuntar el modelo en papel.
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Online sin certificado: mediante formulario online en la sede del INSS, subiendo fotografía del DNI o NIE y siguiendo las instrucciones para identificarse correctamente.
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Presencial: acudiendo a un CAISS (Centro de Atención e Información de la Seguridad Social) con cita previa, cuyo sistema se activa vía telefónica o por internet .

Documentación requerida
Sea cual sea la vía elegida, es imprescindible aportar documentación que acredite:
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La identidad del nuevo titular y del beneficiario (DNI/NIE).
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El parentesco o vínculo familiar, mediante libro de familia, certificado de nacimiento o acreditación legal de tutor o acogimiento .
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Si el beneficiario es mayor de 18 años, consentimiento firmado del titular actual para el cambio jurídico .
Si el beneficiario está ya incluido en el régimen de otro titular, debe autorizar expresamente el cambio de régimen, especialmente en mutualidades como MUFACE .
Resolución del trámite y plazos
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Telemática con certificado: el cambio se produce de forma inmediata y el nuevo certificado de titular y beneficiarios se genera automáticamente.
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Otras vías: el INSS dispone de un plazo máximo de tres meses para resolver una vez registrada la solicitud o aportada la documentación necesaria. El silencio administrativo se considera estimatorio, lo que implica que se entiende aceptado el cambio .
Una vez aprobado, el nuevo titular y beneficiario recibirán una notificación vía correo electrónico. Esto incluye un certificado de reconocimiento del derecho y, posteriormente, cada uno puede solicitar la tarjeta sanitaria individual (TSI) en su centro de salud correspondiente