Economía familiar

Qué es la declaración de herederos y cómo se hace

Laura Moro

Jueves 28 de agosto de 2025

3 minutos

Ocurre cuando una persona fallece sin testamento

Qué es la declaración de herederos y cómo se hace
Laura Moro

Jueves 28 de agosto de 2025

3 minutos

Cuando una persona fallece sin haber dejado testamento, los familiares deben realizar lo que se conoce como declaración de herederos, un trámite legal imprescindible para determinar quiénes tienen derecho a recibir la herencia.

La declaración de herederos, también conocida como declaración abintestato, es un procedimiento que no reparte los bienes, sino que proclama oficialmente quiénes son los herederos legítimos según la ley. Solo se aplica cuando no existe un testamento válido, este ha quedado sin efecto o los herederos designados han fallecido o renunciado.

Documentación y proceso

El proceso comienza con la recopilación de documentación, entre la que se incluyen el certificado literal de defunción, el certificado de últimas voluntades, el DNI del fallecido y de los herederos, el certificado de empadronamiento y los documentos que acrediten la relación familiar, como el libro de familia o certificados de nacimiento y matrimonio.

Con estos papeles, los interesados acuden al notario del último domicilio del fallecido o del lugar donde se encuentre la mayor parte de su patrimonio. Además, se requiere la comparecencia de dos testigos que conozcan a la familia y no tengan interés directo en la herencia. Tras ello, el notario redacta un Acta de Notoriedad en la que declara formalmente a los herederos. El trámite suele resolverse en un plazo aproximado de dos a tres semanas, aunque puede alargarse si surgen incidencias o disputas.

Hablando en plata: testamento

Coste

En cuanto al coste, varía según el notario y la complejidad del caso, pero generalmente oscila entre los 200 y 400 euros. Una vez obtenida la declaración, los herederos podrán liquidar el Impuesto de Sucesiones, obligatorio en todas las comunidades autónomas.

Orden de sucesión

El orden de sucesión está establecido por ley: primero heredan los descendientes (hijos y nietos), en su defecto los ascendientes (padres y abuelos), después el cónyuge, y más tarde hermanos, sobrinos y parientes hasta el cuarto grado. Si no hay familiares, la herencia pasa al Estado.

Aunque la declaración de herederos resuelve la falta de testamento, los expertos recuerdan que otorgar uno en vida cuesta apenas entre 40 y 60 euros y evita este procedimiento más largo y costoso, reduciendo además posibles conflictos familiares.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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