Economía familiar

Una notaria aclara si se puede incluir una cláusula en los testamentos para no pagar impuestos

Laura Moro

Jueves 21 de agosto de 2025

4 minutos

Este tributo es uno de los que tienen que pagar los herederos que acepten la herencia

Una notaria aclara si se puede incluir una cláusula en los testamentos para no pagar impuestos
Laura Moro

Jueves 21 de agosto de 2025

4 minutos

Cuando los herederos deciden aceptar una herencia, deben afrontar una serie de tributos. Entre ellos destaca el Impuesto de Sucesiones, un gravamen que se aplica a la transmisión de bienes y derechos tras el fallecimiento de una persona. Su cuantía varía en función del valor de lo heredado y de la relación de parentesco con el causante, lo que suele generar dudas y preocupación entre quienes tienen que pagarlo.

En los últimos años, especialmente a través de redes sociales, han circulado consejos erróneos sobre cómo afrontar este impuesto. Uno de los más repetidos es incluir en el testamento una supuesta “cláusula de libre disposición” para poder pagar el tributo con el dinero heredado. Sin embargo, la notaria María Cristina Clemente —conocida en TikTok como @notariabuendia— lo desmiente categóricamente: “Ni un solo ‘reel’ más hablando de incluir en el testamento la cláusula de libre disposición para así no pagar el impuesto. Esa cláusula no existe, se la ha inventado algún gurú jurídico”, advierte.

@notariabuendia ¿Has oído hablar de la famosa “cláusula de libre disposición” en los testamentos para evitar pagar el impuesto de sucesiones? . 🚫 ¡Alerta! No caigas en la trampa de los reels ‘virales’ que desinforman. Esa cláusula NO existe. No necesitas inventar nada en tu testamento para disponer del dinero de la herencia y afrontar el impuesto. . 📜 La propia Ley (¡SÍ, la Ley, no un gurú de internet!) permite usar los fondos del causante para pagar el impuesto, siempre que puedas acreditar que eres heredero o legatario. Con los documentos correctos y si hay saldo en la cuenta, es suficiente. . No te dejes llevar por atajos falsos. Infórmate bien, protege tu legado y elige siempre el asesoramiento profesional. . Tú tienes derecho a elegir Notario. Un Notario que te escuche, te acompañe. Tu historia, nuestra firma. ❤️ . #Herencias #NotarioDeConfianza #TuHistoriaNuestraFirma ♬ sonido original - notariabuendia

 

Clemente explica que no es necesario inventar nada porque la propia ley ya contempla este supuesto. El artículo 80.2, apartado tercero, del Texto Refundido de la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones permite expresamente utilizar el dinero de la cuenta del fallecido para abonar el impuesto.

Para hacerlo efectivo, solo hay que cumplir con dos requisitos básicos:

  1. Acreditar la condición de heredero o legatario, presentando el certificado de defunción, el de últimas voluntades, una copia autorizada del testamento (o la declaración de herederos, en su defecto) y el impreso de autoliquidación del impuesto.

  2. Que exista saldo suficiente en la cuenta del causante para cubrir el pago.

La notaria resume su mensaje de forma clara: “No necesitas inventar nada en el testamento para disponer del dinero de la herencia y afrontar el impuesto”. Además, recuerda que siempre es aconsejable informarse en fuentes oficiales o con asesores profesionales antes de seguir recomendaciones virales.

Diferencias del Impuesto de Sucesiones según la comunidad autónoma

El Impuesto de Sucesiones es estatal, pero su gestión está cedida a las comunidades autónomas, que aplican bonificaciones y reducciones muy diferentes. Esto provoca que la carga fiscal varíe de forma notable en función del lugar de residencia del fallecido:

  • Madrid, Andalucía, Murcia o Castilla y León: aplican bonificaciones de hasta el 99 % para herederos directos (hijos, cónyuges o padres).

  • Cataluña, Asturias, Comunidad Valenciana o Aragón: mantienen tipos más elevados y menos beneficios fiscales, lo que puede suponer pagos mucho más altos.

  • Galicia, Cantabria y Canarias: cuentan con reducciones y bonificaciones intermedias.

En la práctica, esto significa que heredar en una comunidad puede salir casi gratis, mientras que en otra puede implicar un desembolso importante, incluso para los mismos bienes heredados.

Sobre el autor:

LauraMoro

Laura Moro

Laura Moro es graduada en Periodismo y Comunicación Audiovisual por la Universidad Carlos III de Madrid, y está especializada en temas de salud y género. Su trayectoria profesional comenzó en Onda Cero Talavera.

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