
La pensión de viudedad: requisitos, cuantía y errores que pueden hacer perderla
La Seguridad Social ofrece esta ayuda a quienes han perdido a su cónyuge

La pensión de viudedad es una prestación económica que concede la Seguridad Social para proteger a quienes han perdido a su cónyuge o pareja de hecho, garantizando un apoyo económico frente a esa situación.
Para poder cobrarla deben cumplirse una serie de condiciones:
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Cotización del fallecido: si la muerte se debe a enfermedad común, se exige que haya cotizado 500 días en los últimos 5 años, o bien un mínimo de 15 años a lo largo de su vida laboral. En caso de accidente laboral o enfermedad profesional no se pide periodo mínimo.
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Vínculo con el fallecido: se reconoce a cónyuges, parejas de hecho registradas con al menos dos años de antigüedad y convivencia estable de cinco años, o a excónyuges con pensión compensatoria. También se contemplan excepciones en casos de víctimas de violencia de género.
Cuantía de la pensión
La pensión se calcula sobre la base reguladora del fallecido:

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En general, corresponde el 52 % de la base reguladora.
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Puede llegar al 70 % si existen cargas familiares, bajos ingresos y la pensión supone más del 50 % de los recursos del beneficiario.
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En algunos casos especiales (como mayores de 65 años sin otras pensiones e ingresos reducidos) puede alcanzar el 60 %.
En 2025, las cuantías mínimas fijadas son:
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Con cargas familiares: hasta 1.062 euros mensuales.
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Entre 60 y 65 años: en torno a 793 euros mensuales.
Errores que pueden hacer perderla
La Seguridad Social ha endurecido las revisiones y advierte de que hay situaciones que pueden suponer la pérdida de esta prestación:
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Contraer nuevo matrimonio o registrarse como pareja de hecho, salvo excepciones si se cumplen ciertos requisitos de edad e ingresos.
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Cometer fraude o falsedad documental, como declarar información incorrecta.
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No comunicar cambios personales o económicos, como ingresos adicionales, domicilio o situación laboral, que puedan alterar el derecho o la cuantía de la pensión.