Cuando la fecha de jubilación se acerca, la mayoría empezamos a hacernos preguntas sobre diferentes cuestiones que pueden afectar a nuestra vida como jubilados, así como los asuntos financieros que debemos contemplar para esta nueva etapa. Lo habrás visto indicado en diferentes ocasiones, si has buscado información sobre los requisitos necesarios para acceder a alguna de las pensiones públicas del Estado: es necesario estar dado de alta o en situación asimilada al alta en el Régimen General de la Seguridad Social.
La ley establece que un trabajador se encuentra en una situación asimilada al alta cuando, aunque se haya producido el cese temporal o definitivo en su actividad laboral, se estima que debe conservar la situación de alta a la Seguridad Social y, por tanto, seguir protegido por ella. En la práctica, esto significa que puedes seguir teniendo acceso a las prestaciones que pudieran corresponderte por estar de alta.
En lo que a requisitos para el acceso a la prestación por jubilación se refiere, los supuestos que la ley reconoce en general (con el alcance que se determine en cada caso particular) como asimiladas a una alta son la siguientes:
Además, pero solo a efectos de asistencia sanitaria, se encuentran en una situación asimilada al alta los trabajadores despedidos, incluidos en el correspondiente Régimen de la Seguridad Social, que tengan pendiente de resolución ante la jurisdicción laboral demandada por despido improcedente o nulo.