Anatolio Díez
Opinión

Siempre nos quedará París

Anatolio Díez

Lunes 15 de julio de 2019

ACTUALIZADO : Miércoles 4 de septiembre de 2019 a las 12:21 H

5 minutos

Justicia Europea

Lunes 15 de julio de 2019

5 minutos

La realidad es bien distinta, pero siempre apetece estar por unos segundos, imaginarios, en la piel de Rick despidiéndose de Elsa en la entrañable escena de la maravillosa película Casablanca.

Pero volviendo a la realidad y olvidando nuestros deseos, la frase correcta hubiera sido 'Siempre nos quedará Luxemburgo', la sede del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, TJUE. Y algunos se preguntarán el porqué, la respuesta es sencilla, parece ser que nuestros dirigentes políticos y jurídicos, han adquirido la mala costumbre de tener que ser corregidos constantemente, en forma de varapalo, por su mala praxis legislativa y la inacción de nuestros diferentes ejecutivos en la toma de decisiones, siempre contrarias a defender el contenido social de las mismas y ponerse de parte favorable hacia los intereses de los más desfavorecidos.

Tuvo lugar una primera corrección al fallar el alto tribunal europeo de forma contraria a los intereses de la banca, al dictaminar favorablemente hacia los intereses de los contratantes de hipotecas, considerando opacas las clausulas suelo, una práctica de usura más de nuestros banqueros, dictaminando la devolución retroactiva del valor de las mismas.

En 2017 el abogado general del TJUE, en nuestro sistema jurídico se le puede considerar un fiscal general de la Corte comunitaria, dictaminó, que la jurisprudencia española es contraria al derecho de la Unión Europea.

Este dictamen sostiene, que las cláusulas hipotecarias españolas que permiten iniciar un desahucio ante un solo impago deben ser anuladas por abusivas, lo que implica paralizar la ejecución hipotecaria. Ya en enero de 2017 el TJUE cerró a la banca su “hago lo que quiero, que para eso pago”, para ejecutar a los hipotecados en caso de impago de cuotas. En su lugar, el TJUE exigía que para que sea ejecutado este incumplimiento, sea grave y siempre que el consumidor pueda reaccionar y pagar los plazos pendientes y no lo haga.

Como vemos una segunda ocasión en la cual el TJUE adquiere un talante más progresista y de defensa de los intereses de los consumidores, absolutamente contrario a las decisiones que toman nuestros gobiernos de defensa del status quo establecido, es decir, decisiones que favorezcan a la parte empresarial, en definitiva hacia quienes acumulan el poder real, poder que proviene de su acumulación de riqueza.

En estos días hemos vivido otra situación similar, en este caso debemos poner en positivo la reacción de nuestro Tribunal Constitucional, pero bien es cierto, reacción impulsada por, una vez más, un entendimiento progresista del derecho del TJUE, nos referimos a los derechos de pensión pública de los trabajadores españoles con trabajos temporales, fundamentalmente a la corrección del denominado coeficiente de parcialidad.

Hasta el día de hoy un trabajador a tiempo parcial debía trabajar el doble de años para tener los mismos derechos pensionables y lo que es más doloroso su pensión solo se acerca al 50% de su último salario, cuando un trabajador a tiempo completo se acerca al 80% del mismo. Por tanto, para poder acceder a su pensión el trabajador a tiempo parcial debe de tener 30 años cotizados en vez de los 15 obligatorios para un trabajador a tiempo completo. Este es el significado del coeficiente de parcialidad, es decir, los años de cotización acumulados en función de la duración de su jornada laboral, en el caso del ejemplo anterior el coeficiente de parcialidad sería del 50%.

El Tribunal Constitucional, ha fallado favorablemente la regresión del cómputo mediante la transformación de este coeficiente de parcialidad, es decir, ahora a un trabajador con un coeficiente de parcialidad del 50% se le exigirán 7,5 años de cotización, lo cual acerca también su pensión al 80% de su último salario igualando a todos los trabajadores en función de su esfuerzo de cotización. Desgraciadamente estos cambios, hoy refrendados por nuestro alto tribunal, se habían realizado con anterioridad en el seno del TJUE por medio de una sentencia del 14 de abril de 2015, son progresistas hasta eligiendo las fechas, es el día de la República en España, por medio de la sentencia C 527/3.

Ahora viene el debate sobre la jubilación flexible, en Europa avanzan en su discusión, en nuestro país, esperaremos a ver que deciden ellos y una vez más nos corregirán, pero, este es otro debate…

De nuevo asistimos al retraso que nuestro sistema de defensa de los más débiles tiene con respecto al derecho comunitario y eso teniendo en cuenta que la Unión Europea sigue siendo mayoritariamente de derechas, seguimos esperando un gobierno de progreso en nuestro país que nos acerque definitivamente a la justicia social, recuerda Sánchez, ¡Con Rivera NO!


Anatolio Díez Merino, Secretario General UJP-UGT y miembro del Comité Asesor de 65Ymás.

Sobre el autor:

Anatolio Díez

Anatolio Díez

Anatolio Díez Merino (Orzonaga, León, 1953) es Secretario General de la Federación de Pensionistas y Jubilados de UGT-UJP y miembro del Comité Asesor de 65Ymás.

Se afilió en 1976 y lleva casi toda su vida en el sindicato. Minero de profesión, su actividad comenzó en el carbón. Allí estuvo ligado a UGT y fue miembro del comité de empresa de Comercial Minera del Carbón. Antes de tener responsabilidades de ámbito estatal, pasó por todos los eslabones del sindicato. En 2008 se jubiló y en 2009 regresó para hacerse cargo de la Federación de Pensionistas de Castilla y León. Desde 2015 está en la estatal.

La Federación de Pensionistas y Jubilados de UGT-UJP tiene por finalidad agrupar y organizar a todos los pensionistas, jubilados y prejubilados afiliados a UGT, cuya pensión haya sido originada por su condición de trabajador asalariado o autónomo, para defender sus intereses sociales, materiales y económicos, orientándolos hacia la consecución del Estado de Bienestar.

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