Sociedad

El Consejo de Ministros aprueba el Ingreso Mínimo Vital con límite de edad hasta los 65 años

Marta Jurado

Viernes 29 de mayo de 2020

ACTUALIZADO : Viernes 29 de mayo de 2020 a las 19:29 H

7 minutos

Aún así, mayores de 50 años que acrediten estar en situación de vulnerabilidad podrán solicitarla

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Marta Jurado

Viernes 29 de mayo de 2020

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El Gobierno acaba de aprobar este viernes el ingreso mínimo vital en un Consejo de Ministros Extraordinario, una medida ya presente acuerdo PSOE-Podemos, que pretende reducir la tasa de pobreza de España. La estimación es que la prestación podría llegar a unos 850.000 hogares en los que viven aproximadamente 2,3 millones de personas, de los cuales 100.000 la recibirán este mes de junio. La prestación económica oscilará entre los 462 y los 1.015 euros dependiendo de la composición del hogar, tal como han confirmado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, el vicepresidente segundo y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, cuyos equipos han diseñado la prestación.

El ingreso mínimo vital podrá complementarse, además, con otras rentas salariales, así como con otras prestaciones de las comunidades autónomas y la podrán solicitar personas de 23 a 65 años. El Ingreso Mínimo Vital cubrirá la diferencia entre la renta existente y el umbral fijado para ese tipo de hogar vulnerable, definido como que el, al mes, tiene una renta que se queda 10 euros por debajo o más del umbral mínimo. Es decir, una familia a la que cumpliendo los requisitos le corresponde una renta mínima de 1.015 euros tendrá derecho al complemento si ingresa 1.005 euros o menos. El Ejecutivo estima que el coste de la renta mínima se elevará a unos 3.000 millones de euros al año que serán financiados con cargo a los presupuestos generales del Estado. 

Se podrá solicitar desde el 15 de junio hasta septiembre y se cobrará con carácter retroactivo, según ha anunciado el vicepresidente Iglesias en la rueda de prensa para presentar la prestación. En ella ha calificado la medida de "histórica" en asuntos sociales, comparable con la creación de la Ley de Dependencia. También ha defendido que la redistribución de la riqueza en España, "es una cuestión de seguridad" y que ya el relator de la ONU alertó hace unos meses de los elevados niveles de pobreza en nuestro país, sobre todo la infantil que coloca a España en uno de los países con peores indicadores del entorno de la Unión Europea.

Límite de edad 65 años

El Ingreso Mínimo Vital cubrirá a unas 2,3 millones de personas, pero en nuestro país 4,3 millones se encuentran en situación de pobreza severa. Aunque los hogares con jóvenes de 16 a 29 años son los más castigados este tipo de pobreza, según cálculos basado en la última Encuesta de Condiciones de Vida de 2018, más del 10% de las personas entre 45-64 años viven con menos del 40% de la mediana de ingresos nacional por unidad de consumo (5.914 euros). "Es decir, que una persona que vive sola está en pobreza severa si ingresa menos de 1.914 euros al año (492,8 euros mensuales) y, para el caso de un hogar con dos adultos y dos menores, está en pobreza severa si el conjunto del hogar ingresa menos de 12.419 euros al año o 1.035 euros al mes", según explica el investigador Juan Carlos Llano Ortiz, de la Red Europea de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social (@EAPNes).

Tal como confirma el Informe AROPE 2019, que mide el riesgo de pobreza o exclusión social, desde la crisis financiera de 2008 el empobrecimiento se ha acelerado en los grupos de más edad, excepto en los mayores de 65 años. Este es el grupo de edad menos afectado, aunque el informe destaca que su brecha de pobreza ha aumentado en 6,3 puntos porcentuales en 2019. En cualquier caso, ésta sigue siendo muy inferior a la del resto de grupos de edad, causa por la que previsiblemente han quedado excluido de las ayudas del Ingreso Mínimo Vital destinado a los hogares más vulnerables.

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Fuente. Elaboración de EAPN a partir de la ECV 2018 del INE

Requisitos

Para acceder a la prestación, se deberá acreditar la situación de vulnerabilidad y llevar al menos un año residiendo de forma legal en España. Si bien, se contemplan algunas excepciones. Asimismo, en caso de que el solicitante de la prestación esté emancipado, su edad mínima deberá ser de 21 años, salvo en los supuestos de mujeres víctimas de violencia de género y víctimas de trata de seres humanos, en los que se exigirá que la persona titular sea mayor de edad. El límite de edad para percibirla serán los 65 años, por lo que el grupo de edad más avanzada que podrá solicitarla serán los mayores de 50 años. También podrán acceder al ingreso mínimo aquellas mujeres víctimas de maltrato que haya abandonado su domicilio familiar habitual acompañadas de sus hijos y sus familiares hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad.

Para calcular cuáles son los ingresos de un hogar se tomará la renta neta del año anterior, excluyendo el dinero de becas o ayudas de alquiler. Organizaciones sociales critican que este método podría dejar fuera a las víctimas económicas del coronavirus, por lo que el último borrador incluye una disposición adicional que permite el acceso de este colectivo teniendo en cuenta los ingresos proporcionales correspondientes al periodo de tiempo transcurrido de este año. Esta salvedad estará vigente durante todo 2020. El decreto también contempla que un reglamento pueda fijar condiciones para situaciones individuales de caídas de ingresos en un año y que el afectado no tenga que esperar todo el año. También se tendrá en cuenta el patrimonio (inmuebles, cuentas corrientes…), sin tener en cuenta la vivienda habitual.

Vinculada al empleo

Además, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones promoverá estrategias de inclusión de las personas beneficiarias y se aplicará un "incentivo" al ingreso mínimo vital para las unidades de convivencia donde uno o todos los activos estén trabajando con el objetivo de que las personas que se beneficien de las prestación no se vean penalizados a la hora de acceder a oportunidades laborales.

Igualmente, se contempla la creación de una Comisión de seguimiento, que estará presidida por el Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y contará con la presencia del Secretario de Estado de Seguridad Social, a la que se sumará un Consejo Consultivo del ingreso mínimo vital, como órgano de cooperación con las entidades del Tercer Sector de Acción Social.

El Gobierno aprueba el Ingreso Mínimo Vital

 

Gestión por las Comunidades Autónomas

En cuanto a la negociación con las CCAA, el Gobierno ha llegado a un acuerdo con el PNV por el cual el País Vasco y Navarra asumirán los trámites de esta prestación. A raíz de conocerse este pacto, otras comunidades han pedido que también se les transfiera la gestión del ingreso mínimo vital, como Cataluña o Galicia, o han pedido la "cogestión" del mismo, como en el caso de la Generalitat Valenciana.

También está dispuesto a asumir la gestión del ingreso mínimo el vicepresidente de Castilla-La Mancha, José Luis Martínez Guijarro, quien ha asegurado que "no se entendería" que entre las comunidades autónomas hubiera diferencias, una idea en la que también ha insistido el vicepresidente y portavoz de la Junta de Castilla y León, Francisco Igea, que ha rechazado la decisión de ceder la gestión de esta prestación a País Vasco y Navarra porque "ahonda en la desigualdad entre comunidades autónomas". Igualmente se ha quejado por esta decisión la consejera balear de Asuntos Sociales y Deportes, Fina Santiago, que en todo caso ha considerado "arriesgado" que Baleares gestione al 100% el Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Sobre el autor:

Marta Jurado

Marta Jurado

Marta Jurado es periodista especializada en Sociedad, Economía, Cultura, Política y redactora en el diario digital 65Ymás desde sus inicios. Licenciada en Periodismo por la Universidad Carlos III y en Filología Inglesa por la UNED, ha trabajado en medios de tirada nacional como El Mundo Público y las revistas Cambio16 y Energía16. Tiene además experiencia en comunicación corporativa de empresas e instituciones como BBVA o INJUVE.

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