
Cómo solicitar el incremento del 20% en la pensión por incapacidad permanente total
Hay que cumplir una serie de requisitos

La incapacidad permanente total es una prestación económica que reconoce la Seguridad Social a aquellas personas que, debido a una enfermedad o accidente, han perdido la capacidad para realizar su profesión habitual, aunque pueden desempeñar otras actividades laborales distintas. Esta situación, muy común en personas que han dedicado gran parte de su vida a un sector concreto, les dificulta reincorporarse al mercado laboral.
Por norma general, la pensión por incapacidad permanente total supone el 55% de la base reguladora del trabajador. Sin embargo, existe la posibilidad de incrementar dicha cuantía en un 20% adicional, lo que eleva la pensión hasta el 75% de la base reguladora. Este aumento tiene como objetivo compensar a quienes, por edad y condiciones, se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad.
Requisitos
Para solicitar este complemento es necesario cumplir con varios requisitos:

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Tener 55 años o más en el momento de la solicitud.
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No estar desarrollando ninguna actividad profesional retribuida.
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Acreditar que la dificultad para encontrar empleo deriva de la limitación laboral reconocida.
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No figurar como titular de una explotación agraria, marítimo-pesquera, industrial o mercantil.
El procedimiento de solicitud se puede realizar telemáticamente, a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, o bien de manera presencial en los Centros de Información y Atención de la Seguridad Social (CAISS). En ambos casos, se debe rellenar un formulario específico y presentar la documentación que justifique la situación personal del solicitante.
Este incremento del 20% está diseñado, sobre todo, para personas cercanas a la edad de jubilación, quienes, al no poder reincorporarse a su profesión y tener menos opciones de recolocación, dependen de la pensión como principal fuente de ingresos. Con esta medida, la Seguridad Social busca ofrecer una pensión más adecuada y garantizar un nivel de vida digno a los beneficiarios.