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¿Cómo se hace una donación de dinero a favor de un familiar? Pasos y procedimiento

Victoria Herrero

Foto: Bigstock

Domingo 16 de febrero de 2020

6 minutos

En algunas comunidades el pago del impuesto al recibir esta cuantía es meramente simbólico

¿Cómo se hace una donación de dinero a otra persona? Te explicamos todos los pasos y requerimientos
Victoria Herrero

Foto: Bigstock

Domingo 16 de febrero de 2020

6 minutos

Ha llegado el momento de que vuestro hijo se independice y por ello está pensando en comprar su propia vivienda. Sin embargo, en sus ahorros no hay montante suficiente para hacer frente a la entrada de su nuevo piso y ve complicado que le puedan facilitar la concesión de una hipoteca para poder pagar la que será su casa a partir de ahora. Así pues, en estos casos, podéis ayudarle donándole dinero.

Una cantidad que puede ir destinada a la compra de un bien inmueble o material, como puede ser un coche. Además, a efectos legales, una donación también es un regalo de bodas a tu hijo, comprarle el automóvil o la casa, así como dejarle acciones o hasta un fondo de inversión. Bajo esta premisa, a continuación os explicamos todo lo relativo a la donación entre familiares. Esto es, qué diferencias existen con el préstamo, qué impuestos se pagan o cómo se registra este proceso a efectos legales.

¿Cómo se hace una donación de dinero a otra persona? Te explicamos todos los pasos y requerimientos

No es lo mismo donación que préstamo

En este punto conviene dejar claro desde un primer momento que no se trata de un préstamo que se hace entre padre e hijo para, por ejemplo, sufragar el coste de un nuevo hogar.

En este último caso, podría establecerse un símil con una hipoteca que se solicita al banco. Sin embargo, los que prestan el dinero sois vosotros. Vuestro hijo lo recibirá "encantado" sabiendo que, además, lo más seguro es que le "perdonéis" los intereres y seáis más flexibles a la hora de obligarle a que os lo vaya devolviendo. 

 Así y en líneas generales, este préstamo no está vinculado al pago de ningún tipo de impuesto (la donación sí en algunas Comunidades Autónomas), pero sí que tiene la obligación de que el donatario vaya dando el dinero recibido según pueda o haya quedado estipulado. 

Un dinero que cada año, además, se puede incluir como parte de la declaración de la renta. Para eso, a la hora de hacer estas cuentas anuales vuestro hijo deberá justificar, por medio de documentos escritos, que os ha ido efectuando dicho reembolso económico. 

¿Cómo es el procedimiento?

La principal diferencia, como habéis visto, es que en este caso Hacienda (@Haciendagob) interviene a efectos fiscales. Y es que a la hora de recibir de forma desinteresada el dinero, el mismo debe declarase ante la autoridad que tenga la competencia en cada provincia; así como proceder al abono del correspondiente Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Un gravamen que es distinto según el lugar de residencia y que debe liquidarse en un plazo máximo de 30 días hábiles desde que se hizo la transferencia. Algo muy probable, esto último, si se trata de un importe elevado ya que además os pedirán un justificante donde aparezca registrado dicho traspaso económico. 

Donación a la familia

A la hora de hacer frente a dicho coste extra se aplica la normativa que se establece en la Comunidad Autónoma donde resida la persona (vuestro hijo en este caso) que va a recibir el dinero de forma gratuita. Un pago que también depende de la cantidad que se otorgue, así como de la relación de parentesco entre las partes. Así, en comunidades como Andalucía o la Comunidad de Madrid, el precio a pagar es meramente simbólico ya que hay aprobada una bonificación de un 99% si se cumplen ciertos requisitos de familiaridad. Una idea que persiguen desde el ejecutivo de Castilla y León ya que está en trámite parlamentario para conocer si finalmente se aprueba. 

En el caso de otras regiones, el pago puede ser de un 1,5% del total aportado (contando desde el primer céntimo que se dona) como puede ser el ejemplo de Álava. 

Por eso es importante saber cuánto se pagará de más a la hora de registrar dicha donación en el ente público competente. Una vez se tenga eso claro, es necesario acudir a la sede tributaria que opere en cada comunidad autónoma para que quede registrado el acuerdo económico establecido entre las partes.

El registro a efectos legales

Con diferencias en cada caso, lo más normal es que os pidan que entreguéis un documento (se puede hacer sin que sea una solicitud al uso) donde quede registrada dicha donación: los datos personales del donante, la cantidad donada y los datos de identificación del donatario;así como la fecha de la misma. Una información que se debe cumplimentar en los impresos oficiales.

Además, se deberá aportar la justificación de la transferencia hecha, fotocopia del DNI de cada persona que interviene en el acto, así como un papel (el libro de familia) donde se indique la relación de parentesco que media entre ambos. 

En algunas ocasiones puede que os obliguen a que dicho contrato se haga con la intermediación de un notario (que también aplicará su tarifa). Él será el que intervenga para dar fe de que se cumplen los requisitos de capacidad y contenido exigidos por la ley para la persona que dispondrá a partir de ahora del dinero. 

Una vez hecho esto os pedirán que hagáis el abono del impuesto correspondiente en los bancos asociados para, más tarde, aportar también dicha carta de pago ya realizada. Solo así se admitirá a trámite la donación a efectos fiscales. 

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Victoria Herrero

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