
Revuelo por un supuesto endurecimiento del cálculo de la pensión, que el Gobierno desmiente
Sí habrá cambios en 2026, al entrar en vigor la fórmula dual de cálculo: 25 o 29 años cotizados

El cambio en la pensión que arranca en 2026 y afecta a los nuevos jubilados
Durante las dos últimas semanas de julio, diversas fuentes han difundido un supuesto cambio en la pensión de jubilación, que entraría en vigor este 1 de agosto, y que podría provocar pérdidas en la historia laboral del trabajador y recortes en la pensión futura. En concreto, varios medios apuntaban a que la Seguridad Social endurecerá el sistema de cálculo de la pensión, para la que solo tendría en cuenta los periodos en los que las cuotas se hayan abonado de forma puntual y sin errores.
Una revolución que esas fuentes achacaban a "una interpretación más estricta del artículo 144 de la Ley General de la Seguridad Social", en el que se establece: "1) La obligación de cotizar nacerá con el inicio de la prestación del trabajo, incluido el período de prueba. La mera solicitud de la afiliación o alta del trabajador al organismo competente de la Administración de la Seguridad Social surtirá en todo caso idéntico efecto. 2) La obligación de cotizar se mantendrá por todo el período en que el trabajador esté en alta en el Régimen General o preste sus servicios, aunque estos revistan carácter discontinuo (...)".
El supuesto cambio podría perjudicar sobre todo a los autónomos, además de a los trabajadores con historiales laborales irregulares, a los empleados con vaivenes en sus ingresos, al personal con contratos discontinuos, o a las empleadas del hogar, cuyos empleadores no hubieran cotizado correctamente por ellas en el pasado.
Sin embargo, el Ministerio de Seguridad Social desmiente el endurecimiento del cálculo de la pensión desde el 1 de agosto, como aseguran los medios citados. Fuentes del departamento, que dirige Elma Saiz, confirman a 65YMÁS que "nada ha cambiado, ni cambiará desde agosto", respecto a la forma en la que se calcula la cuantía de la pensión de jubilación, ni el sistema de cómputo de las cotizaciones que realizan los trabajadores asalariados, ni los autónomos.

Precauciones para evitar sustos en la pensión futura
Aunque el momento de la jubilación se vea lejano, o muy lejano, existen varias medidas que pueden evitar llevarse sustos en el futuro:
- Consultar y revisar el historial laboral en la web o en la app Importas, de la Seguridad Social, para verificar que no haya lagunas, errores o retrasos en las cotizaciones realizadas durante la carrera profesional.
- Revisar también el informe de bases de cotización, sobre todo si se tienen contratos discontinuos o se es autónomo, por ejemplo.
- Regularizar las posibles deudas o retrasos en el abono de cuotas, para evitar sorpresas desagradables en el futuro.
El cambio que sí llega el 1 de enero de 2026
La reforma de pensiones de 2023, plasmada en el Real Decreto-ley 2/2023, establece que, desde el 1 de enero de 2026, la cuantía de las nuevas pensiones contributivas que se produzcan en España se va a determinar mediante un sistema de cálculo dual, que realizará de oficio la Seguridad Social.
Más en detalle, empezarán a coexistir dos métodos legales para calcular el importe de las futuras pensiones:
- Los últimos 25 años cotizados por el trabajador (el método actual).
- El nuevo modelo, progresivo, que arrancará en los 25 años actuales, hasta llegar a contar los últimos 29 años (seleccionando los 27 mejores), al finalizar su despliegue completo.
Más en detalle, el cálculo de la base reguladora de la pensión, en la opción de los 29 años (descartando los 2 peores), será de aplicación a todos los regímenes de la Seguridad Social y, con esta fórmula, desde 1 de enero de 2026, la base reguladora de la pensión de jubilación sería el resultado de dividir entre 352,33 la suma de las 302 bases de cotización (25,16 años) de mayor importe comprendidas dentro del período de 304 meses (25,33 años) inmediatamente anteriores al mes previo al del hecho causante (la jubilación).
Hay que insistir en que en 2026 sigue en vigor el cómputo de los últimos 25 años, y que la Seguridad Social calculará la pensión, de oficio, y según la cuantía más beneficiosa para el jubilado.