
Así será la jornada con la jubilación reversible que plantea el Gobierno
El Ministerio de Elma Saiz ultima la reforma para fomentar que los jubilados vuelvan a trabajar

Nueva meta del Gobierno en pensiones: "reenganchar" a los jubilados para que trabajen
Cuánto se cobrará de pensión con la jubilación reversible que propone el Gobierno
Requisitos de la nueva jubilación reversible que propone el Gobierno
Con el mes de septiembre a la vuelta de la esquina, existen una serie de reformas en materia de pensiones que calientan motores, puesto que su renegociación se reanudará en cuanto el Gobierno convoque al diálogo a los agentes sociales, en teoría, en las primeras semanas del próximo mes.
Uno de los grandes cambios planteados en julio por el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social es un nuevo sistema de jubilación flexible, que pasará a llamarse reversible, y cuyo contenido el departamento de Elma Saiz ya ha sometido incluso a audiencia y participación pública.
El objetivo del Gobierno ahora es "reenganchar" a los ya jubilados que, de manera voluntaria, deseen reincorporarse al mercado de trabajo. Con la meta de flexibilizar aún más el retiro laboral de los españoles, tras haber completado en 2024 la reforma de la jubilación parcial, activa y demorada.

Se podrá volver a trabajar, por cuenta ajena y propia
Según ha detallado el secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez Corujo, la jubilación reversible pretende "mejorar las condiciones para quienes tienen reconocida su pensión de jubilación y pasado un tiempo quieren reincorporarse al mercado laboral". Una modalidad de retiro que, a su juicio, representa "una oportunidad de incorporar a personas que tienen mucha experiencia, mucho conocimiento y ganas de seguir en activo".
El Ministerio plantea que se pueda acceder en cualquier momento, con la única exigencia de que se haya causado el derecho a pensión y sin esperar un tiempo para solicitarla.
Si prospera el proyecto de Real Decreto que ultima el Gobierno, la nueva jubilación reversible ya no va a ir inexorablemente unida a la realización de una actividad por cuenta ajena y a tiempo parcial, como sucede hasta ahora, sino que, además de volver a trabajar como asalariados, el Gobierno dejará que compatibilicen su pensión con el desarrollo de una actividad por cuenta propia. Es decir, hacerse autónomos y seguir cobrando parte de su pensión pública.
Para ello, es preciso que en los 5 años inmediatamente anteriores al hecho causante de la pensión de jubilación, el pensionista no hubiera estado en alta en un régimen de la Seguridad Social como trabajador por cuenta propia o autónomo. En estos casos, el importe de la pensión a percibir se corresponderá con un porcentaje del 20%.
Cambios en la jornada
El Real Decreto que el Gobierno ha sacado a audiencia pública establece que, cuando se compatibilice la pensión con un trabajo por cuenta ajena y a tiempo parcial, la jornada ya no deberá oscilar dentro de los límites recogidos en el artículo 12.6 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
El Ministerio de Seguridad Social propone que la jornada laboral pueda estar comprendida entre un 40% y un 80% en relación con la de un trabajador a tiempo completo comparable.