Pensiones

Opciones de ahorro para complementar la pensión pública

Toni Esteve

Foto: Bigstock

Domingo 1 de noviembre de 2020

7 minutos

La pensión pública de jubilación es inferior a los ingresos percibimos cuando estamos en activo

Opciones de ahorro para complementar la pensión pública
Toni Esteve

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Domingo 1 de noviembre de 2020

7 minutos

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Lo que vayas a cobrar de pensión pública depende del salario que hayas tenido durante tu vida laboral y de lo que hayas aportado a la Seguridad Social (base de cotización). De modo que tu tranquilidad en el futuro depende de lo que hagas hoy, sobre todo teniendo en cuenta que la esperanza de vida no deja de aumentar y son muchos los años que nos quedan por disfrutar tras la jubilación.

Las pensiones públicas son el principal sustento de la jubilación, pero pueden no ser suficientes para cubrir todas tus necesidades económicas cuando recuperes el tiempo libre. Si quieres mantener tu actual calidad de vida durante la jubilación, necesitarás complementar tu futura pensión con tus ahorros. Así que, una vez que tengas una idea orientativa sobre cuántos ingresos mensuales necesitará durante la jubilación y el importe de la pensión pública con la que podrá contar, la diferencia será la cantidad que tendrás que financiar tú mismo cada mes.

¿Cómo conseguir un fondo de ahorros? Desde la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV @CNMV_MEDIOS) y el Banco de España (@BancoDeEspana) nos recuerdan que existen productos específicos para complementar la pensión pública con el ahorro y la inversión personal:

Ahorro para la jubilación

Plan individual de pensiones

Consiste en aportaciones que se van acumulando y quedan permanentemente invertidas en activos financieros, con la finalidad de ir constituyendo un ahorro para el cobro de prestaciones cuando se produzcan las contingencias previstas (jubilación, fallecimiento, incapacidad laboral, dependencia, etc.). Todas las aportaciones realizadas podrán reducirse en la base imponible del IRPF, dentro de unos límites máximos.

Planes de previsión asegurados (PPA)

Son seguros de vida destinados a constituir un capital que se percibe en el momento de producirse la contingencia de jubilación, fallecimiento, incapacidad laboral permanente o dependencia. Su régimen fiscal es igual al de los planes de pensiones individuales.

Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS)

Son seguros de vida cuya finalidad es ir pagando primas para constituir una renta vitalicia asegurada que podrá percibirse a partir de una edad señalada en el contrato. Desde el punto de vista fiscal, a diferencia de los planes de pensiones y los PPA, las primas pagadas no reducen la base imponible del IRPF y por ello no tiene beneficios fiscales durante la etapa de ahorro. En cambio, cuando se cobra la prestación como renta vitalicia, los rendimientos generados están exentos de impuestos, siempre que se cumplan unos requisitos.

Edad Media de jubilación en España

Seguro de jubilación

Son seguros de vida que tienen como fin constituir un capital asegurado a largo plazo mediante el pago de primas. La prestación se puede recibir en forma de capital, renta temporal o renta vitalicia. No existen límites respecto al importe de las primas y gozan de liquidez, aunque las entidades aseguradoras cobran gastos por la desinversión anticipada de estos productos. En cuanto a su tratamiento fiscal, las aportaciones no dan derecho a ninguna deducción del IRPF.

Nunca es tarde para empezar a ahorrar para tu jubilación, pero, ¿qué ocurre si has empezado tarde a cotizar? Siempre puedes recurrir a estas opciones alternativas:

- Intenta jubilarte más tarde

- Aumenta la cantidad que ahorra cuanto más cerca estés de la edad de jubilación.

- Si tienes una vivienda en propiedad, compártela (con la familia, con otros jubilados, con jóvenes estudiantes). Compartir los gastos vinculados a suministros o gastos de comunidad puede suponer un gran ahorro. O véndela y múdate a una vivienda más pequeña: los beneficios derivados de la venta de la vivienda principal no tributan para aquellos jubilados mayores de 65 años si se destinen a la compra de otra vivienda. Además, los gastos de mantenimiento de una vivienda más pequeña suelen ser menores.

- Cuando te jubiles, trasládate a vivir a una ciudad, o provincia con un coste de la vida inferior.

Sobre el autor:

Toni Esteve

Toni Esteve es redactor especializado en temas de economía y consumo.

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